Las sociedades civilizadas tienen normas para su desenvolvimiento y accionar, teniendo la condición de Estado Constitucional, como es nuestro caso, la primera ley, la norma Suprema es la Constitución.
Ese cuerpo legal, en su Art. 115, dice: “(Promoción electoral).- El Estado, a través de los medios de comunicación, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral, que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas. Los sujetos políticos no podrán contratar publicidad en los medios de comunicación y vallas publicitarias.
Se prohíbe el uso de los recursos y de la infraestructura estatales, así como la publicidad gubernamental, en todos los niveles de gobierno, para la campaña electoral.
La ley establecerá sanciones para quienes incumplan estas disposiciones, y determinará el límite y los mecanismos de control de la propaganda y el gasto electoral”.
Sujeto.- Es la persona de la que no se da su nombre.
Político.- Es lo relacionado a la doctrina política.
Sujeto Político somos todos o casi todos los ecuatorianos; antes, se lo atribuía a los Partidos u Organizaciones Políticas, es decir, pasó de colectivo a individual.
Infraestructura.- Conjunto de elementos o servicios que se consideran necesarios para la creación y funcionamiento de una organización cualquiera.
Estatal.– Que pertenece al Estado.
Publicidad.- Conjunto de medios que se emplean para divulgar o extender la noticia de las cosas o de los hechos.
Gubernamental.-Perteneciente o relativo al gobierno del Estado.
Debate.- Discusión de opiniones contrapuestas entre dos o más personas, sobre un tema, para llegar a su conclusión.
Como a la Constitución, según su Art. 427, debe interpretársela al TENOR LITERAL, es decir, al concepto semántico de cada una de las palabras, he anotado los conceptos de varias de las usadas en el Art. 115 de la CRE, para que Usted, estimado lector, interprete y saque sus conclusiones, es sólo “Lectura Comprensiva”, que ahora la apodan “Lectura Científica”, YO soy Profesor de Escuela.
En este segundo “debate” entre el Don Daniel Noboa y Doña Luisa González; definitivamente, no hubo debate, porque, sobre el tema que se les planteaba, La Sra. Luisa González, se limitaba a dar cifras de: sobre cómo mejorar la educación; se m limitó a señalar cuántos niños habían quedado fuera de la escuela, reintegrar a los maestros “Que nosotros nombramos y Usted ha botado”, cuántos niños habían desertado; en todo caso, jamás respondió a la pregunta planteada; pero, eso sí, se la pasó señalando que la “Presidente de ADN, está implicada en tráfico de drogas”, asunto que debe dar razón la Fiscalía, y que de ninguna manera está ligado al tema.