“Los cambios constitucionales no corresponden únicamente a consideraciones de conveniencia política”, reprende la Corte a Daniel Noboa, tras negar nueva propuesta del ejecutivo.
La propuesta del ejecutivo para retirar a los presos de la categoría de grupo vulnerables a dividido a la Asamblea Nacional.
Esta decisión del ejecutivo ha entrado en juego del ámbito político, cuyo dictamen emitido por la Corte Constitucional expresando: “Esta Corte exhorta al presidente de la República a tener presente que los cambios constitucionales no corresponden únicamente a consideraciones de conveniencia política, sino a modificaciones sistémicas que impactan la integralidad del sistema jurídico”, indica la mayoría de miembros de la CC.
En ese sentido, señala que el Mandatario “debe utilizar de manera adecuada los mecanismos de reforma establecidos en la Constitución, observando los límites y requisitos que la Norma Suprema exige y propiciando modificaciones que persigan un fin teleológico claro en lugar de múltiples reformas aisladas”.
El dictamen fue aprobado por ocho de los nueve jueces que componen la Corte y declara que “el procedimiento de reforma parcial, establecido en el artículo 442 de la Constitución, no es apto para tramitar la modificación constitucional propuesta por el presidente de la República”, ya que incurriría en una “restricción de derechos y garantías”.
El dictamen, fue notificado el 13 de diciembre, incluye un llamado de atención a Noboa, al señalar que en un año de mandato ha presentado cuatro propuestas de reformas a la Constitución, a las que define como “aisladas”.
Apreciados lectores, el país entra nuevamente al vaivén del “circo” político, mismo que da a entender se avecina un nuevo “terremoto político” que bien se lo consideraría que tomará otro rumbo antes de las elecciones del 9 de febrero del 2025 y/o esperar el triunfo de Daniel Noboa para que tome la decisión de llamar a una nueva Constituyente.
A fuego cegado y en un escenario de mucha expectativa para la paz ciudadana del Ecuador, la Corte Constitucional cierra la posibilidad a través de una reforma parcial a la Constitución (Art. 35 CRE), donde se pide eliminar del grupo de atención prioritaria a las personas privadas de libertad (PPL), como lo ha planteado el presidente Noboa, el pasado 6 de diciembre del año en curso,
La Corte dictaminó que la vía de reforma parcial no es apta para tramitar la modificación propuesta debido a que un cambio en tal sentido incurre en la prohibición de restricción de derechos y garantías. Esto, en virtud de los principios establecidos en los numerales 4 y 8 del artículo 11 de la Constitución, que prohíben la restricción y la regresividad de los derechos, y también porque inobserva la prohibición de restricción de derechos de las garantías normativas, prevista en el artículo 84 de la Constitución.
Ante este panorama político, crece el interés y el respaldo del pueblo ecuatoriano al presidente Daniel Noboa a que llame a una nueva Constituyente. ¡La verdad, el país quiere paz, libertad y bienestar en las calles! Por lo tanto, estaremos en nueva elección popular llamando a una nueva Constituyente.