Con el fin de la edad media, la humanidad empezó a experimentar un gran cambio en las ciencias y las artes (sobre todo en Europa), poco a poco, se avanzó por el renacimiento y con los años se llegó al movimiento de la ilustración. Seria en el siglo XIX con el surgimiento de la posición del positivismo que las ciencias sociales intentaban equipararse a las ciencias naturales, dejando a un lado a la teología. Por lo que el derecho, no fue la excepción y también se empezó a introducir el método científico.
Cáceres (2016) agrupa al derecho positivo de acuerdo a sus definiciones: derecho histórico, derecho sociológico y derecho normativo, este último, dividido en objetivo y subjetivo.
– Derecho histórico.- el ser humano y todo su progreso es la base de la historia, por tanto, para establecer las leyes y dictaminar que es el Derecho, hay que hacer un recorrido por los acontecimientos humanos del pasado que expliquen las leyes actuales, las cuales son resultado de las prohibiciones y permisividad de los pueblos (Cáceres, 2016, p.50). EJM. Si queremos estudiar el matrimonio en Ecuador, tenemos que remontarnos al derecho romano y como se estableció dicha institución hace siglos en aquellas latitudes del viejo mundo, solo así, podremos comprender porque las leyes de hoy se escribieron de esa forma en el Código Civil vigente.
– Derecho sociológico.- si bien el derecho puede entenderse como un proceso histórico, también hay que entender el contexto actual y como las sociedades establecen las leyes en base a su estructura política y otros factores como el derecho consuetudinario (la costumbre). EJM. Ecuador es un país plurinacional y multicultural, por lo que en base al pluralismo jurídico las comunidades indígenas pueden resolver sus problemas internos.
– Derecho normativo.- en sociedades como la nuestra, donde nos basamos en el derecho romano, empleamos el normativismo; es por esta razón que tenemos códigos, leyes y demás elementos legales en donde se dicta el proceder y aplicabilidad del derecho (Cáceres, 2016, p.54). El derecho normativo a su vez se subdivide en dos: el objetivo y el subjetivo.
Derecho objetivo: Son todas las normas legales que han sido elaboradas por los poderes estatales para mantener el orden y dar sentido de justicia al país, de esta forma el Estado brinda amparo a cada persona y se podrá exigir el respeto a sus derechos (Ochoa, 2006, p.89). EJM. Según el COIP (Código Integral Penal) en Ecuador está prohibido robar, es por eso que la policía suele patrullar para prevenir robos.
Derecho subjetivo: es propio de cada individuo y de su propia competencia el ejercer su derecho, es la libertad de que cada persona pueda emplear el derecho objetivo (Ochoa, 2006, p.89). EJM. Si bien están prohibidos los robos, las personas afectadas están en toda libertad de denunciar o no dichos actos; por tanto, si el individuo violentado no considera necesario ni pertinente denunciar que le han robado un objeto material, pues, simplemente no presentara cargos en la fiscalía.